miércoles, 14 de enero de 2015

¿Estás en situación de maternidad y quieres cobrar el deseempleo?

     ¿Estás en situación de maternidad o paternidad y ha finalizado tu contrato? ¿Qué ocurre con la prestación de maternidad/paternidad que estabas percibiendo? ¿Tengo derecho a una nueva prestación?

      Si mientras estás en maternidad o paternidad finaliza tu contrato, continuarás percibiendo tu prestación económica de maternidad hasta finalizar el plazo de 16 semanas, o paternidad (de 13 días) hasta el alta médica o fin de esa situación, momento en que puedes solicitar la prestación o subsidio por deseempleo en los 15 días hábiles siguientes.

La prestación por maternidad o p paternidad la abona el Instito Nacional de la Seguridad Social (INNS).

REQUISITOS

     - Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
      - Encontrarse en situación legal de desempleo.
     - Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
      - Para acceder a la prestación contributiva hay que cotizar al desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Si has cotizado menos, podrás tener derecho al subsidio por desempleo.
       - No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
      - No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
      - No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.


DOCUMENTACIÓN NECESARIA

      Para solicitar la prestación por deseempleo, en general, necesitará la siguiente documentación:

 - Modelo oficial de solicitud.
 - Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figure en la solicitud (bastará con la exhibición de los documentos):
      - Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
     - Extranjeros residentes en España:
     - Comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o Número de Identidad de  Extranjeros con el pasaporte.
     - No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) y el pasaporte.
     - Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas TITULAR, y donde desees percibir la prestación.
     - Certificado de empresa, que será enviado al Servicio Público de Empleo, por la empresa o empresas en las que has trabajado en los últimos seis meses. Solo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, el documento acreditativo que corresponda.
      - Libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros.

 Los documentos a aportar los puedes descargar en la siguiente dirección http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/quiero_cobrar_paro/estoy_en_situacion_de_maternidad.html


CUÁNDO, DÓNDE Y COMO TRAMITARLA

      El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de finalizar el período de maternidad o de paternidad, a través de:

     - Página web de la sede electrónica del SEPE (www.sepe.es)
     - En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE. Sin cita previa no os atendarán, así que no olvidaros de pedirla a través de la web o llamando al 901 119 999.) 
     - En cualquier oficina de registro público.
     - Por correo administrativo.

 Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano 901 119 999 o en la web www.sepe.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario